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miércoles, 13 de julio de 2016

Tarifa del gas: gobierno pone luz de giro a la izquierda, pero dobla a la derecha

El gobierno nacional pone nuevo parche en su intento por aumentar las tarifas del gas, que empeora las cosas para quienes ahorraron gas y da gas gratis para los que superen el máximo establecido por el recorte.

Con este 2do parche y a pesar de la recomendación del presidente Macri de ahorrar gas, el resultado será castigar a los que consumieron menos gas que en el año anterior y premiará a los que sobrepasen el nivel fijado como tope por el nuevo recorte, regalándoles todos los m3 que sobrepasen del recorte.

La diferencia entre el recorte anterior (1er parche) y el nuevo recorte (2do parche), es que el primero premiaba a quienes consumieran menos gas, mientras que el segundo premia a quienes consumieron y consuman más gas.

El 1er parche: 
Resolución 3843/2016 (08/06/2016)  https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/146607/20160610   (acceso a la resolución completa)

Transcribimos a continuación los artículos que fueron reemplazados de esta resolución:
ARTÍCULO 1° — Disponer que los montos, sin impuestos, que los usuarios residenciales del servicio de distribución de gas por redes de todo el país deban abonar por el pago de las facturas que se emitan por los consumos realizados a partir del 1° de Abril de 2016 y hasta el 31 de Diciembre de dicho año, no podrán superar en más de un CUATROCIENTOS POR CIENTO (400%) al monto, sin impuestos, que hubiere correspondido facturar de aplicarse, para la misma categoría de usuario y para el mismo volumen consumido en el período de facturación, las tarifas vigentes al 31 de marzo de 2016. En consecuencia, en aquellos casos que por aplicación de los cuadros tarifarios con vigencia a partir del 1° de abril de 2016; el monto sin impuestos a facturar superara el límite establecido, la diferencia deberá ser deducida de la factura que se emita al usuario, en línea separada a continuación de los conceptos tarifarios, bajo la denominación “Bonificación según Resolución MEyM N° 99/16”.
ARTÍCULO 2° — Disponer que los montos, sin impuestos, que los usuarios del Servicio General P con servicio completo de todo el país deban abonar por el pago de las facturas que se emitan durante el año 2016 por consumos realizados a partir del 1° de Abril de 2016 y hasta el 31 de Diciembre de dicho año, no podrán superar en más de un QUINIENTOS POR CIENTO (500%) al monto, sin impuestos, que hubiere correspondido facturar de aplicarse, para la misma categoría de usuario y para el mismo volumen consumido en el período de facturación, las tarifas vigentes al 31 de marzo de 2016. En consecuencia, en aquellos casos que por aplicación de los cuadros tarifarios con vigencia a partir del 1° de abril de 2016; el monto sin impuestos a facturar superara el límite establecido, la diferencia deberá ser deducida de la factura que se emita al usuario, en línea separada a continuación de los conceptos tarifarios, bajo la denominación “Bonificación según Resolución MEyM N° 99/16”.

El 2do parche:
Resolución 129/2016 - Modificación. Resolución N° 99/2016. (12/07/2016) https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/147962/null  (acceso a la resolución completa)

Transcribimos a continuación los nuevos artículos que reemplazan a los de la resolución anterior:
ARTÍCULO 1° — Sustitúyese el Artículo 1° de la Resolución N° 99 de fecha 6 de junio de 2016 de este Ministerio, por el siguiente:
“Instrúyese al ENARGAS a que, en el ejercicio de sus facultades, disponga las medidas necesarias a fin de que, durante el año 2016, el monto total, impuestos incluidos, de las facturas que emitan las prestadoras del servicio público de distribución de gas por redes de todo el país, que los usuarios residenciales (categoría R y sus subcategorías) deban abonar por consumos realizados a partir del 1 de abril de 2016, no superen en más de un CUATROCIENTOS POR CIENTO (400%) el monto total, impuestos incluidos, de la factura emitida al mismo usuario con relación al mismo período de facturación correspondiente al año anterior; es decir, que el monto facturado no supere una suma equivalente a CINCO (5) veces el monto total de la factura emitida al mismo usuario con relación al mismo período de facturación correspondiente al año anterior.”
ARTÍCULO 2° — Sustitúyese el Artículo 2° de la Resolución N° 99 de fecha 6 de junio de 2016 de este Ministerio, por el siguiente:
“Instrúyese al ENARGAS a que, en el ejercicio de sus facultades, disponga las medidas necesarias a fin de que, durante el año 2016, el monto total, impuestos incluidos, de las facturas que emitan las prestadoras del servicio público de distribución de gas por redes de todo el país, que los usuarios de la categoría Servicio General P con servicio completo (subcategorías P1, P2 y P3, y equivalentes en el servicio de distribución de propano indiluido por redes; y que incluyan el costo de adquisición de gas natural) deban abonar por consumos realizados a partir del 1 de abril de 2016, no superen en más de un QUINIENTOS POR CIENTO (500%) el monto total, impuestos incluidos, de la factura emitida al mismo usuario con relación al mismo período de facturación correspondiente al año anterior; es decir, que el monto facturado no supere una suma equivalente a SEIS (6) veces el monto total de la factura emitida al mismo usuario con relación al mismo período de facturación correspondiente al año anterior.”

Demostración de lo que afirmamos más arriba
Tomemos el ejemplo de nuestra nota publicada el 25 de junio de 2016, basándonos en las reglas de juego con el primer parche vigente:
En esta nota mostramos como era premiado un usuario, que mediante la aplicación de las técnicas más simples y baratas de eficiencia energética, lograba reducir su consumo de gas respecto a 2015, sin disminuir su confort. En el bimestre considerado, el usuario terminaba pagando: $133, 72704 + impuestos.
En el mismo bimestre de 2015, el mismo usuario pagó: $ 158, 83 (con impuestos incluídos), de modo que su nuevo tope con el 2º parche, será: $158, 83x5= $794,15 (con impuestos incluídos).
El consumo del usuario, facturado con el cuadro tarifario en vigencia, es: $ 191, 80 + impuestos.
No es necesario calcular los impuestos, para ver que no alcanzará el valor del recorte de ninguna manera.
Entonces, este usuario deberá pagar ahora: $ 191, 80 + impuestos, en lugar de lo que debía pagar antes de este 2º parche, que era: $133, 72704 + impuestos.

Conclusión: el 2º parche desanima el ahorro de gas. El gobierno dice que quiere ahorrar gas y castiga al que ahorra y premia al que lo desperdicia. En síntesis, pone la luz de giro a la izquierda y dobla a la derecha!



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